Loading...

Pandemia viral, fake news y coronamiedo

Coronavirus. Es la palabra que tiene atemorizado al planeta. Sin el menor ánimo de minusvalorar la situación sanitaria en que nos encontramos –carezco de la información y los conocimientos necesarios para atreverme a emitir cualquier opinión al respecto–, lo que sí se puede hacer es un análisis sereno del contexto, aprovechando el necesario confinamiento a que nos hemos visto obligados.

En primer lugar, no es la primera vez que la Humanidad sufre una pandemia y que se aprovecha para lograr otros objetivos. En efecto, desde la antigüedad fue muy temida la lepra [causada por el bacilo “Mycobacterium leprae”], que se achacaba a un castigo divino por los pecados cometidos. En el siglo XIV la devastadora peste negra [provocada por la bacteria “Yersinia pestis”] irrumpió desde Asia hacia Europa por las rutas comerciales, y sirvió para acusar a la población judía de haber sido los causantes mediante el envenenamiento de pozos, y así justificar los pogromos (linchamientos) de judíos.

En 1918 apareció la mal llamada “gripe española” [causada por el virus “H1N1”], pues, en realidad, se originó en Fort Riley (Kansas, Estados Unidos) y se propagó con las tropas aliadas en la Primera Guerra Mundial –limitándose la intervención española a prestarle más atención en la prensa, al no censurarse las noticias sobre ello debido a la neutralidad española en esta contienda–, pero sirvió de acicate para rematar lo que quedaba del moribundo orgullo imperial español tras la pérdida de la práctica totalidad de sus colonias.

Más recientemente, hemos padecido la encefalopatía espongiforme bovina (síndrome de las “vacas locas”), iniciado en los años 90 del pasado siglo, y que provocó el pánico al consumo de carne; el síndrome respiratorio agudo grave (SRAS) [causado por el coronavirus, “SRAS-CoV”] en 2003; la gripe aviar [provocada por el virus “H5N1”] en 2005; la gripe porcina o gripe A [provocada por los virus “H1N1”, “H3N2”, “H3N3” y “H1N2”] en 2009; el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS) [provocado por el coronavirus “MERS-CoV”] en 2012; el virus del ébola, que alarmó Madrid cuando se produjo el contagio de una Auxiliar de Enfermería del Hospital La Paz-Carlos III en 2014; y, por fin, el coronavirus “COVID-19”.

Sin que ello quiera decir que exista una causa-efecto, estas epidemias han despertado temores en la población que le han distraído de otras cosas (por ejemplo, la gripe A coincidió con la crisis económica generada tras la quiebra del gigante financiero Lehman Brothers en septiembre de 2008). Seguramente, los amantes de las teorías conspiranoicas pensarán que el coronavirus frena la creciente importancia de China como superpotencia económica y supone un serio revés en la guerra comercial por el 5G que mantiene con Estados Unidos, de lo que, por cierto, ya nadie parece acordarse últimamente, habida cuenta de que estamos más preocupados por detener el apocalipsis zombi que se nos ha venido encima con el “coronamiedo”.

Aprovechando la pandemia, en varios supuestos se estaría cometiendo un delito de suplantación de identidad tipificado en el artículo 401 del código penal

Sea como sea, lo cierto es que el miedo es un poderoso instrumento para controlar voluntades y la tecnología ofrece una posibilidad viral (nunca mejor dicho) de que su difusión sea global y conseguir impactos que de otra forma serían impensables. Y es que algunos están tratando de hacer uso de la aprensión colectiva para repartir sus proclamas, aprovechando los reenvíos incontrolados e incontrolables de mensajes a través de redes sociales y sistemas de mensajería instantánea, en especial por WhastApp, que están provocando una autentica pandemia “viral” del miedo.

Aunque la forma de propagación es diversa (texto, memes, vídeos, etc.), están teniendo especial repercusión los mensajes de audio, donde se están mezclando mensajes auténticos (seguro que bienintencionados, pero algunos con información equivocada), con otros que son verdaderos “fake”, pues contienen bulos relatados por supuestos profesionales sanitarios (incluso dan nombres y cargos en hospitales inventados) que contribuyen a aumentar la alarma de la población y que finalizan con alguna indicación (lo que constituye su finalidad) en orden a responsabilizar a alguien de la crisis y a difundir el audio. Así, por ejemplo, se confirmó la falsedad del supuesto audio del científico Rodolfo Llinás, que aconsejaba aguantar la respiración y beber cada 15 minutos para combatir el coronavirus.

Pero, es más, ni siquiera puede asegurarse la veracidad de un vídeo porque aparezca la imagen de quien supuestamente está realizando las declaraciones, ya que, mediante el “deep fake” es posible editar vídeos falsos de personas aparentemente reales, usando algoritmos de inteligencia artificial conocidos como RGA (red generativa antagónica) y vídeos o imágenes preexistentes. Esta técnica se usó en 2016 en la película “Rogue One” de la saga “Star Wars”, en las escenas en que la Princesa Leia aparece con la cara de la actriz Carrie Fisher de joven, cuando en realidad fue interpretada por la actriz noruega Ingvild Deila. Especial escándalo provocaron en 2018 los vídeos porno que se hicieron con las caras de las actrices Daisy Ridley (“Rey” en las películas de “Star Wars”) y Gal Gado (“Wonder woman” en las películas de Marvel), como si hubieran sido protagonizados por ellas.

Esta técnica se puede aplicar también a la voz humana con gran realismo, a partir de la creación de voces sintéticas que replican las mismas ondas que la voz original –que, además, puede ser combinado con la apertura de un perfil falso en una red social–, lo que constituye un gran peligro para la comisión de estafas o para la manipulación de la opinión pública en el caso de que se aplique a una persona con algún tipo de relevancia. Así ocurrió en marzo de 2019 cuando se empleó este sistema para imitar la voz de un ejecutivo y ordenar la transferencia de más de 200.000 euros de una empresa energética británica a la cuenta que los ciberdelincuentes tenían en Hungría.

En todos estos supuestos se estaría cometiendo un delito de suplantación de identidad tipificado en el artículo 401 del código penal, que establece que el que usurpe el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 3 años, por lo que puede interponerse una denuncia en cualquier comisaría o Juzgado, o ante el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil y la Brigada Central de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional.

Lo anterior parece invitar a tamizar los mensajes recibidos antes de permitir que influyan en nuestra emotividad, aunque, como decía al principio, son meras reflexiones que ahora me toca hacer desde mi rincón, que diría Antonio Machado.

Javier López, Écija Abogados

Publicar un comentario

Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.

emo-but-icon

Página Principal item

Popular Posts